369 – VIATICOS Y TARJETAS CORPORATIVAS – LA LABOR PERICIAL DEL CONTADOR

13/04/2018

No debería ser necesaria, pero por las dudas la aclaración: este no es un artículo de carácter político sino técnico.

Y, por cierto, lejos de constituir un ataque hacia la persona, podría llegar a ser, si es que efectivamente ciertas afirmaciones y/o procederes son verdaderos, es decir, se condicen con la realidad acaecida, un valioso medio de defensa (o todo lo contrario si es que se miente y no ocurrió lo que se afirma).

Viáticos

El concepto de “viático” es el siguiente: “conjunto de provisiones o dinero que se le da a una persona, especialmente a un funcionario, para realizar un viaje.”

Los conceptos de gastos en que un funcionario puede incurrir para desarrollar su labor en un viaje son transporte (aéreo, taxis, etc.), alojamiento (hoteles) y comidas. Alguna de esas cosas (frecuentemente aéreos y hoteles) son contratadas y pagas previamente. Lo que queda son comidas y taxis.

Los viáticos pueden ser con o sin rendición de cuentas.

Si son “sin rendición de cuentas”, entonces se entrega una suma de dinero fija, el funcionario gasta lo que sea (menos o más) y la diferencia se la queda (o la pone de su bolsillo).

Si son “con rendición de cuentas”, entonces la cosa es diferente: se le otorga una cifra de dinero (la anteriormente referida o cualquier otra) y al regreso el funcionario debe presentar comprobantes de todos los gastos realizados y entregar el dinero remanente.

Tarjeta corporativa

La utilización de una tarjeta de crédito corporativa en las empresas es una práctica común.

Se usa para realizar gastos “corporativos”, gastos de la empresa, no para gastos de naturaleza personal.

Es, en definitiva, una forma de otorgar dinero al funcionario para que éste haga frente a los gastos en que incurrirá durante el viaje y sean imputables a su labor.

La utilización de una tarjeta de crédito constituye una herramienta fundamental porque deja rastros, todas las transacciones quedan registradas y puede verificarse con suma precisión cuánto se gastó, en dónde se gastó (y qué día).

En efecto, como vimos, la tarjeta de crédito corporativa NO PUEDE (no debe) ser utilizada para gastos personales. Téngase presente que el funcionario no viaja únicamente con esa tarjeta (debería también hacerlo munido de una tarjeta de crédito personal, o dinero en efectivo de su propio peculio).

Pero asumamos que hay imponderables y que, no quedó más remedio que utilizar la corporativa para fines ajenos a aquellos para los que está determinada. Ese dinero (poco o mucho) debe ser devuelto, debe ser reintegrado a la compañía.

Auditoría Forense: la labor del PERITO CONTABLE

Una de las áreas de ejercicio profesional del Contador Público es la pericial.

Las pericias contables habitualmente tienen por objeto el análisis y la determinación de las circunstancias que ocurrieron en el pasado a partir de los rastros que deja la Contabilidad.

La Contabilidad deja huellas: los registros contables.

Si el dinero que se gastó en conceptos de naturaleza personal, ajenos a la actividad de la empresa, fue devuelto, debe haber en la empresa un registro contable que así lo indique.

La caja se puede haber perdido.

La contabilidad no.

Ese registro contable puede ser rastreado.

El PERITO CONTABLE puede realizar una “AUDITORÍA FORENSE” estudiando, analizando los registros contables y los procedimientos administrativo-contables, de modo de establecer qué fue lo que sucedió.

Si la plata se devolvió, está en el banco, y hay un registro contable que así lo demuestra.

Si la plata no se devolvió, no.

Si la plata se reintegró a la empresa, entonces está en la “Caja” (la de la empresa, no la que se perdió) de la entidad, en el banco.

Y poco importa que no estén los comprobantes que se indican como extraviados.

La “PERICIA” puede ser solicitada por el Juez de la causa o a pedido de parte (cualquier parte: la que acusa o el defendido).