238 – ELECCIONES AUTORIDADES DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

04/09/2015

Como cada cinco años se realizará en marzo de 2016 la elección de los representantes del Directorio del Banco de Previsión Social en los siguientes órdenes:

– Afiliados activos,

– Afiliados pasivos y

– Las empresas contribuyentes.

Características de la votación

La votación es obligatoria para todas las personas y empresas que formen parte de los órdenes mencionados anteriormente y el voto se ejercerá de forma secreta y personal, dentro de cada orden único.

Es importante mencionar que el afiliado que reúna en su persona las cualidades inherentes a dos o más órdenes deberá votar en todos los órdenes cuyos padrones efectivamente integre. Asimismo podrá sumar su condición de elector integrante de cualquiera de los tres órdenes, a la de mandatario de las empresas contribuyentes.

Sanciones

Los habilitados para votar que no lo hicieren serán pasibles en cada uno de los órdenes, de las sanciones siguientes:

– Afiliados activos y pasivos: sanción económica igual a la aplicada, a los omisos, en la elección nacional inmediatamente anterior;

– Las empresas contribuyentes de acuerdo al número de trabajadores en planilla, las siguiente multas en unidades reajustables:

Cantidad de TrabajadoresMulta en U.R.
Hasta 106
Entre 11 y hasta 2012
Entre 21 y hasta 5025
Entre 51 y hasta 10050
Más de 100100

Los empleadores serán solidariamente responsables del pago de la multa en caso de incumplimiento por parte de sus funcionarios, por lo que es conveniente notificar en forma fehaciente a los mismos de las características y obligatoriedad de este acto eleccionario.

Las empresas contribuyentes incluidas en el padrón electoral, no podrán, a partir del primer día del tercer mes siguiente al acto eleccionario, efectuar pagos al Banco de Previsión Social ni a la Dirección General Impositiva, solicitar cualquier certificado, suscribir convenios de pagos o realizar cualquier diligencia ante dichos organismos sin exhibir la constancia de emisión de voto o de la causal de justificación expedida por la Corte Electoral, o de pago de la multa.

¿Cómo verifican los afiliados si están en el padrón electoral del B.P.S.?

Los trabajadores dependientes, titulares de empresas unipersonales, jubilados y pensionistas podrán confirmar su credencial cívica hasta el 15/09/2015 a través del sitio web www.bps.gub.uy o por el servicio telefónico sin cargo 0800 – 3277.

Ingresando al siguiente link – http://www.bps.gub.uy/9740/ los afiliados pueden verificar a través de su número de cédula de identidad si tienen correctamente ingresada al padrón electoral su credencial cívica, caso contrario es posible modificar los datos.

¿Cómo inscriben las empresas pluripersonales a sus mandatarios en el padrón electoral del B.P.S.?

Las empresas pluripersonales deben designar un mandatario también hasta el 15/09/2015. Dicha designación se hace exclusivamente a través de un aplicativo en la web: www.bps.gub.uy.

Ingresando al siguiente link – http://www.bps.gub.uy/9757/ con los datos de la empresa y del mandatario es posible inscribir el apoderado que comparecerá a votar por la empresa en las elecciones de marzo 2016.

Es importante tener en cuenta que este acto eleccionario fue dispuesto desde 1992 por la Ley 16.241, que establece que el mismo se efectuara en día domingo, en el mes de marzo del segundo año siguiente al de la celebración de las elecciones nacionales.