Reforma Fiscal 2022 – Simulación de Actos Jurídicos – Precios de Transferencia

16/12/2021

Durante el último Webinar de Auren el día 25 de noviembre, nuestros expertos y socios, Felipe Ochoa especialista fiscal, Rogelio Espinoza y Miguel Rodríguez especialistas en impuestos, compartieron y temas selectos y relevantes de la reforma. A continuación, se detallan algunos de los puntos revisados:

Simulación de actos jurídicos   

Durante la charla se compartió que el artículo 42-B del código fiscal es una réplica del 177, el cual está en la ley del ISR. Al estar incluido ahora en lo general la ley aplica para todos los impuestos.

Esta menciona que la autoridad puede determinar una simulación de actos por parte del contribuyente. No es tan sencillo para la autoridad demostrar esta simulación, ya que el SAT deberá cumplir con los siguientes requisitos en caso de manifestar una acusación de este tipo:

  • debe ser fundada y motivada por parte de la autoridad,
  • identificar el acto simulado y realmente realizado,
  • cuantificar el beneficio fiscal generado por la simulación,
  • identificar y exponer los elementos que hicieron la simulación, incluyendo la intención.

El peligro de esta ley es la posibilidad de que cualquier administración pueda determinar que una compañía llevó a cabo una simulación. La defensa que tiene el contribuyente ante señalamientos del SAT es desvirtuarlas utilizando la figura jurídica de la presunción iuris tantum. Esta dice que la autoridad puede presumir una determinada conducta, pero el contribuyente está en su derecho de aportar pruebas para debilitar esta posible presunción.   

Precios de transferencia

La reforma incluye algunos cambios sobre este punto, veamos algunos:

Las personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero están obligadas a determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando los precios y montos como si se hubiesen realizado con partes independientes.

Los comparables secretos son aquellos documentos que la autoridad permite a las compañías conocer en el proceso de revisión. Esta información puede ser incluso de empresas mexicanas no públicas y son empleadas por el SAT como comparables contra la información de la compañía.  El problema para el contribuyente es precisamente la “secrecía”. La autoridad permite que solo 2 personas representantes de la empresa tengan acceso a la información durante una visita controlada. La reforma incluye firmar un convenio de confidencialidad por estos representantes.

Es muy complicado para los responsables hacer anotaciones manualmente de los documentos que son expuestos durante la visita, ya que el SAT no permite tomar copias digitales. Si lo que se pretende es hacer un análisis a profundidad de activos y riesgos, el volumen de información recabada es limitada y adicionalmente acota la defensa por esta falta de disponibilidad de documentación oficial.

En cuanto a la elaboración del Análisis de Precios, hoy en día es posible recopilar información de 3 años hacia atrás. La nueva ley establece trabajar únicamente con datos del ejercicio realizado.

Por último, pero no menos importante, las maquiladoras deberán determinar su utilidad fiscal únicamente mediante el cálculo Safe Harbor. Fue eliminada la opción APA.


Contamos con los expertos fiscales, laborales y judiciales para que recibas la mejor asesoría para tu empresa.

AUREN MÉXICO

  • Servicios

  • Sectores