Gobierno reglamenta el Monotributo.

17/05/2017

La Ley 1819 de 2016 creó el monotributo como un impuesto opcional, el cual sustituye el impuesto sobre la renta y complementarios. Conforme el artículo 909 del Estatuto Tributario (ET), los contribuyentes que opten por acogerse a pagar el monotributo, deberán inscribirse en el RUT.

Teniendo en cuenta que había vacíos normativos en cuanto a la inscripción y operación de dicho impuesto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el Decreto 738 de 2017 reglamentó éste impuesto.

Dicha normativa, aclara que como sujetos pasivos hay dos tipos de contribuyentes, los de BEPS y los de riesgos laborales, estableciendo los requisitos para cada uno de ellos, en el entendido de que los contribuyentes del monotributo BEPS deben cumplir lo establecido en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 905 del ET, sin tener en cuenta la condición del numeral 1 de dicho artículo. Por otro lado, los contribuyentes del monotributo riesgos laborales, deben cumplir lo establecido en los numerales 1, 2 y 4 del artículo 905 del ET y deben haber cotizado al Sistema General de Pensión y Régimen Contributivo de Salud, durante 8 meses continuos o discontinuos del año gravable anterior.

Por su parte, también se indica que para la inscripción al monotributo, los contribuyentes del monotributo BEPS deberán vincularse a la administradora de dicho programa y los contribuyentes del monotributo riesgos laborales, deberán afiliarse a una entidad administradora de riesgos laborales como trabajador independiente. Una vez cada uno de los tipos de contribuyente haya realizado la respectiva afiliación, seguidamente deberán inscribirse en el RUT, en la categoría que les corresponda conforme a las tablas previstas en el artículo 1.5.4.5 del Decreto 1625 de 2016, según los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios percibidos en el año anterior, teniendo en cuenta que el valor del monotributo dependerá también de la clase de contribuyente (BEPS o Riesgos Laborales) y la categoría.

Finalmente, éste decreto trata temas como el cambio del monotributo al impuesto de renta y complementarios y al régimen común del impuesto sobre las ventas, los plazos para declarar y pagar el monotributo, exclusión al monotributo, entre otras cosas.

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