Algunos aspectos procesales de la reforma tributaria.

16/11/2016

El proyecto de reforma tributaria presentado por el Gobierno Nacional al Congreso de La República en octubre de este año, dentro de sus disposiciones procesales, contempla la ampliación de los términos de firmeza de las declaraciones, para que la autoridad tributaria cuente con mayor tiempo para que pueda ejercer sus facultades fiscalizadoras :

  • -El aumento del término de firmeza general de las declaraciones tributarias, actualmente de 2 años, a un período de 3 años.
  • -El término de firmeza de las declaraciones de renta y sus correcciones en las que se determinen o compensen pérdidas fiscales se ampliará de 5 a 8 años contados a partir de la fecha de su presentación.
  • -La compensación de pérdidas fiscales estarían nuevamente limitadas temporalmente, en este caso con las rentas líquidas ordinarias que obtuvieren en los 8 periodos gravables siguientes. Si la pérdida fiscal se compensa en cualquiera de los 2 últimos años que el contribuyente tiene para hacerlo, la firmeza se extenderá a partir de dicha compensación por 3 años más.
  • -El término de firmeza de la declaración del impuesto sobre la renta de contribuyentes sujetos al régimen de precios de transferencia será de 6 años.
  • -A partir del año gravable 2018 se aplicaría la limitación gradual de costos y deducciones pagados en efectivo, medida que pretende fomentar la bancarización y que además generaría mayor recaudo del gravamen a los movimientos financieros (4 por 1000).
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