resolución de medios magnéticos de 2020

DIAN expide resolución a través de la cual modifica resolución de medios magnéticos de 2020

17/03/2021

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió la Resolución No. 000023 de 12 de marzo de 2021, a través de la cual modificó parcialmente la Resolución No. 000070 de 28 de octubre de 2019.

Mediante esta última, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales estableció el grupo de personas que se encontraban en la obligación de suministrar información tributaria por el año gravable 2020. En este mismo sentido, en la Resolución No. 000070 de 28 de octubre de 2019 se definieron las características técnicas para el suministro de la información y, adicionalmente, se fijaron plazos para la entrega de esta a la entidad. En dicha norma, se estableció que los grandes contribuyentes estarían obligados de acuerdo con el último dígito del NIT, con un plazo que iba desde el 27 de abril de 2021 hasta el 10 de mayo del mismo año, al paso que personas jurídicas y naturales deberían suministrar la información a partir del 11 de mayo de 2021 y hasta el 9 de junio del mismo año.

No obstante, con la expedición de la Resolución No. 000023 de 12 de marzo de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales modificó tanto el grupo de obligados, como las características técnicas antes mencionadas. Dentro de los cambios más relevantes, se encuentra la inclusión de contribuyentes personas naturales del régimen simple que, durante el año gravable 2019 o 2020, hubieren obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000,00.

Fuente

Resolución No. 000023 de 12 de marzo de 2021 – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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