Aprobada ley que aumenta de 14 a 18 semanas la licencia de maternidad.

26/01/2017

La ley 1822 del 4 de enero de 2017 estableció este aumento a 18 semanas de licencia de maternidad.

En caso de parto múltiple, la mujer tendrá derecho a dos semanas adicionales; en caso de parto prematuro, se tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuales serán sumadas a las 18 semanas.

Se mantiene la prohibición de despido por motivo del embarazo o lactancia, sin la autorización previa del Ministerio del Trabajo, presumiéndose que el despido es efectuado por motivo del embarazo o lactancia cuando haya sido realizado dentro del período de embarazo o dentro de los 3 meses posteriores al parto.

El esposo o compañero permanente tendrá derecho a 8 días hábiles de licencia remunerada de paternidad. Para ello, el soporte es el registro civil de nacimiento, el cual debe presentarse a la EPS dentro de los 30 días siguientes al nacimiento.

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