Implementación del régimen simple de tributación

22/05/2019

Por medio del Comunicado de Prensa No. 70 del 20 de mayo de 2019, la DIAN informó el lanzamiento realizado junto con la Cámara de Comercio de Bogotá del régimen simple de tributación (RST).

La ley de financiamiento (1943 de 2018), introdujo el RST como un sistema voluntario, de declaración anual y anticipo bimestral, el cual sustituye el impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo, el ICA y el IVA (este último únicamente para tiendas, mercados, peluquerías), enfocado en simplificar el cumplimiento tributario de los emprendedores.

Precisamente, al RST pueden acceder las personas naturales o jurídicas con accionistas residentes, con ingresos brutos anuales inferiores a 80.000 UVT y que a más tardar el 31 de julio de 2019 actualicen el RUT acogiéndose a este nuevo régimen y que implementen la factura electrónica máximo al 31 de agosto de 2019.

La DIAN resalta que dentro de los beneficios del RST se encuentran el ahorro de costos transaccionales, la posibilidad de auto inscripción en el RUT, así como la liquidación y pago de manera electrónica. También resaltó la entidad que se mejora el flujo de caja de estos contribuyentes, por cuanto no están sujetos a retenciones en la fuente, ni obligados a practicarlas, salvo las de índole laboral o las de IVA.

Señala el comunicado que para inscribirse en el RST, los contribuyentes deben registrar en el RUT la responsabilidad No. 47, ya sea cuando se inscriben por primera vez o a través de la actualización del RUT.

Fuente: DIAN, Comunicado de Prensa No. 70 del 20 de mayo de 2019

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