¿Cuál es el tratamiento del IVA pagado en adquisición de activos fijos reales productivos?

22/05/2019

A partir de la ley 1943 de 2018, el IVA pagado por la adquisición, construcción o formación e importación de activos fijos reales productivos, puede descontarse del impuesto sobre la renta del año en el que se efectúe su pago, o en cualquiera de los periodos gravables siguientes.

Al respecto, la DIAN sostuvo en Concepto 8180 del 5 de abril de 2019 que el IVA pagado podía ser descontado en la declaración de renta o en la declaración del IVA, a elección del contribuyente. Sin embargo, tal criterio fue rápidamente revocado y mediante Concepto 11458 del 14 de mayo de 2019, la DIAN concluyó que el IVA pagado por activos fijos reales productivos únicamente puede descontarse del impuesto sobre la renta, no siendo posible tomarlo como descontable del IVA.

A su turno, la DIAN precisó que el IVA pagado en activos fijos, diferentes a los reales productivos, tampoco puede tomarse como descontable en IVA.

Fuente: DIAN, Concepto 11458 del 14 de mayo de 2019

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