Conozca el criterio oficial de la DIAN sobre la fecha a partir de la cual aplica la restricción para utilizar los documentos POS como soporte tributario

06/03/2019

La Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN fijó su criterio en relación con la fecha a partir de la cual tiene aplicación la norma de la ley de financiamiento (1943 de 2018), que dispuso que los documentos equivalentes generados por máquinas registradoras con sistema POS no otorgan al adquiriente derecho a impuestos descontables en el IVA, ni a costos y deducciones en el impuesto sobre la renta.

Mediante conceptos 4832 y 4834, ambos del 27 de febrero de 2019, la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN concluyó que la restricción de utilizar los documentos POS como soporte tributario únicamente tendrá aplicación a partir de la fecha en que el Gobierno reglamente esta disposición, lo cual a la fecha de elaboración de esta nota no ha ocurrido.

Como consecuencia, señalan los conceptos comentados, a la fecha los documentos equivalentes generados por máquinas registradoras con sistema POS tienen plena validez para solicitar costos, deducciones y descontables.

Si bien a partir de 2019 los conceptos de la DIAN no amparan las actuaciones del contribuyente, la misma ley de financiamiento estableció que dichos conceptos constituyen interpretación oficial para los empleados públicos de la DIAN, siendo obligatorios para los mismos, con lo cual no podría un funcionario de la entidad aplicar un criterio diferente en ejercicio de sus facultades de revisión y fiscalización

Fuente: DIAN, Conceptos 4832 y 4834 del 27 de febrero de 2019

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