Superintendencia de Sociedades determina las condiciones y plazos para suministrar información financiera que deberán suministrar sociedades y entidades que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha

26/11/2018

Considerando que por orden de la normatividad comercial las empresas sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades están obligadas a reportar estados financieros de fin de ejercicio, y que esta entidad puede solicitar y determinar la forma en que debe suministrarse información jurídica, contable o económica, por medio del a Circular Externa 100-6 del 9 de noviembre de 2018 impartió instrucciones para que las entidades que no cumplan con la hipótesis de negocio en marcha presenten sus estados financieros.

Dentro de las entidades obligadas, se encuentran las sociedades sometidas a vigilancia o control que estén adelantando un proceso de liquidación voluntaria. Las que hayan registrado este proceso ante la Cámara de Comercio hasta el 31 de diciembre de 2017, deberán diligenciar el informe en miles de pesos; las que lo hayan registrado a partir del primero de enero de 2018 enviarán el informe en pesos.

Las empresas sometidas a vigilancia o control que al final del ejercicio determinen que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha, enviarán el informe en pesos.

Adicionalmente, se deben allegar en formato PDF la certificación de los estados financieros, suscrita por representante legal o liquidador, contador y revisor fiscal, así como las notas explicativas a los estados financieros, notas que no requieren estar firmadas.

La información deberá suministrarse a más tardar el 30 de mayo de cada año, plazo que es improrrogable; su incumplimiento podrá dar lugar a la imposición de sanciones que pueden ser de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales.

Por su parte, entre el 27 de marzo y 30 de abril de 2019, vencerá el plazo para que las empresas sometidas a vigilancia o control envíen estados financieros a 31 de diciembre de 2018, según Circular Externa 201-5 del 9 de noviembre de 2018. Entre el 6 y 17 de mayo de 2019 vencerá el plazo para que las empresas sometidas a vigilancia o control envíen el informe 42 referido a prácticas empresariales.

Fuente: Superintendencia de Sociedades, Circulares Externas 100-6 y 201-5 del 9 de noviembre de 2018

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