Superintendencia de Sociedades analiza en qué casos procede la acción de desestimación de la personalidad jurídica de una sociedad

19/09/2018

La ley que regula las sociedades por acciones simplificada (1258 de 2008) consagra la figura de la desestimación de la personería jurídica, consistente en hacer solidariamente responsables a los accionistas o terceros, cuando se utilice la sociedad en fraude a la ley o en perjuicio de terceros, siendo esta una excepción a la regla general de responsabilidad en sociedades por acciones, que impone una responsabilidad a sus socios, limitada al valor de sus aportes. 

Para la Superintendencia de Sociedades, el levantamiento del velo corporativo o la desestimación de la personalidad jurídica, no es otra cosa que levantar la limitación de la responsabilidad para hacer a los socios o accionistas responsables directos de las obligaciones de la sociedad, cuando esta última es utilizada para actos defraudatorios. 

Teniendo en cuenta que la norma guarda silencio sobre las circunstancias que pueden dar lugar al levantamiento del velo corporativo o la desestimación de la personalidad jurídica, corresponde al juez analizar en el caso concreto y con base en las pruebas allegadas al expediente, si los hechos objeto del proceso implican la utilización de la sociedad en fraude a la ley o en perjuicio de terceros, señaló la Superintendencia de Sociedades. 

En cuando al término de prescripción para ejercer la acción, señaló la entidad, que las acciones penales, civiles y administrativas derivadas del incumplimiento de las obligaciones o de la violación a lo previsto en el Libro Segundo del Código de Comercio, prescribirán en cinco años, salvo que en ésta se haya señalado expresamente otra cosa, según el artículo 235 de la ley 222 de 1995.

Así las cosas, en palabras de la Superintendencia, dependiendo de las circunstancias específicas en que ocurrieron los hechos bajo conocimiento del juez, se determinará el momento a partir del cual se contabiliza el término de prescripción de cinco años.

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